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Amicus curiae (Amigo del Tribunal) - Corte Constitucional del Ecuador. Sobre Aborto por violación.

Amicus curiae significado:

El amicus curiae (amigo de la corte o amigo del tribunal) es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.


SEÑORAS JUEZAS Y SEÑORES JUECES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR.

Cesar Antonio Paz y Miño Cepeda con Número de Documento: 1704345097, de ocupación Doctor en Medicina y Doctor en Biología, Especialista en Genética, con domicilio en Gonzales Suarez N28 48 y San Ignacio Edificio Olympus 2. En calidad de AMICUS CURIAE comparezco dentro de la causa Nº 0034-19-IN por la INCONSTITUCIONALIDAD del Artículo 150 numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal. En tanto existe identidad por el fondo con las causas, 109-20-IN, 105-20-IN y 25-21-IN solicito se incorpore el presente Amicus Curiae con copia a las referidas causas.


1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTACION


El artículo 12 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, establece que “Cualquier persona o grupo de personas que tenga interés en la causa podrá presentar un escrito de amicus curiae que será admitido al expediente.


Problemas genéticos asociados a un embarazo tras una violación


Soy César Paz-y-Miño, con CI: 1704345097, Doctor en Medicina y Doctor en Biología, Especialista en Genética con 34 años de ejercicio, Director del Centro de Investigación Genética y Genómica, Universidad UTE, no tengo conflictos de intereses con persona, institución o gremio alguno, soy un ciudadano independiente que respeta el estado laico, me apego a la constitución y mis criterios se basan en el empirismo racional: la ciencia.


Como genetista abordo el problema del aborto en consulta médica y veo los infortunios, incluso los cuantiosos costos de mantener un niño con problemas discapacitantes, el abandono social y estatal, que un embarazo no deseado provoca en las mujeres, más aun en niñas y adolescentes. He evaluado niñas de entre 9 a 17 años con embarazos con problemas malformativos severos catalogados como monstruosidades, producto de violaciones. Por otro lado, no existe mujer que desee tener un hijo con problemas.


Para entender la trascendencia de la vida humana hay que entender el significado de lo que es la muerte desde el punto de vista de la ciencia.


Nadie discute en la medicina de hoy que muerte encefálica, incluso más allá de la función cardio-respiratoria, es la muerte de un individuo. Es difícil concebir que el embrión sea una persona. Para ello es necesario que el nacido pueda existir fuera del útero de la mujer embarazada. Esto no puede ocurrir antes del séptimo mes de embarazo, al menos de manera autónoma. Incluso porque necesita activar y desactivar miles de genes (funciones epigenéticas), lo que sucede con posterioridad al nacimiento. Por otro lado, la neurobiología enseña que recién en el tercer trimestre de embarazo el feto es capaz de tener sensaciones conscientes y por lo tanto puede ser considerado un ser humano completo. Una persona, para estar viva, no solo debe tener sus funciones biológicas, genéticas o corporales, sino, sobre todo, tener las habilidades de pensar, sentir e interactuar con quienes le rodean.


Según las estadísticas, entre el 50 y 60% de violaciones son perpetradas por personas cercanas a la familia: hermanos, primos, tíos y un 37% por padres. El resto por desconocidos.


Hay tres problemas directos que involucran a la genética en una violación:


1) Los cruces genéticos entre parientes cercanos: Duplican el riesgo de que se unan genes alterados y provoquen problemas malformativos de leves a graves y enfermedades genéticas. Que están entre 25 al 50%, incluso hasta el 100% según los genes o cromosomas involucrados.


2) Cruces en poblaciones endogámicas: Este es un problema nacional de acuerdo a los estudios realizados por la Misión Manuela Espejo, que determinó que la consanguinidad por provincia está entre el 9 al 12%. (Cañar 12%; Azuay, Bolívar, Manabí y Zamora Chinchipe 11%; Orellana 10%, Chimborazo, Morona Santiago y Napo 9%; el resto de provincias entre el 2 al 8%). Esta endogamia genera el doble de riesgo de anormalidades por el cruce de genes deletéreos (riesgo genético de hasta el 90% según el gen que se analice).


3) Riesgo de un violador desconocido: La genética recomienda considerar el riesgo más alto de que el producto del embarazo porte una enfermedad genética, riesgo entre 25 a 50%.


Se debe considerar un problema extra: la edad del violador y de la mujer violada. Hoy se conoce que a medida que aumenta la edad de un varón la tasa de mutación genética aumenta dramáticamente ya que la maquinaria de replicación es menos eficiente (más vieja, más errores), y existe una capacidad de reparar errores menos efectiva. A medida que el padre es más viejo, hay más probabilidad de trasmitir mutaciones nuevas y espontáneas a su descendencia. Esto se debe a que las divisiones celulares al aumentar en número con la edad, aumentan el daño del ADN, así, a los 20 años se dividen unas 200 veces los espermatozoides, mientras que a los 40 se dividen 600 veces, con lo cual las fallas aumentan. Los padres trasmiten 4 veces más mutaciones de novo que las madres. En promedio, en cada hijo, 55,4 mutaciones son trasmitidas por los padres y 14,2 por las madres. Este promedio se duplica cada 16,5 años del padre y se incrementa 8 veces en 50 años. Las enfermedades con mayor riesgo de presentación son: Acondroplasia, Síndrome de Marfan, Esquizofrenias, Retardo Mental, Autismo y Hemofilia. La edad de aumento de riesgo para los hombres está en los 45 años, pero también existe riesgo genético, sobre todo alteraciones de cromosomas en la descendencia, para las mujeres pasados los 35 años.


Adicionalmente se debe tomar en cuenta que: 27% de violaciones estarían asociadas a infecciones que producen malformaciones como la rubeola, citomegalovirus, herpes, Zika, Chikungunya, sífilis, HIV, papilomavirus, Hepatitis B – C, Síndrome de Alcoholismo Fetal. Últimamente se estudia la posibilidad de transmisión de genes de violencia que portaría el violador.


Con todo este panorama, sumadas las muertes maternas por abortos clandestinos, y otras problemáticas socio-económicas y psicológicas, aquí no incluidas, el aborto se convierte en un problema de salud pública.


En el Ecuador, se debe considerar además, que el 30% de las discapacidades son de origen genético, según la Misión Manuela Espejo. La mayoría de discapacidades intelectuales se producen por problemas en el embarazo y el parto. Muchos de los embarazos en el Ecuador son producto de cruces consanguíneos (incestuosos) como he anotado, en que, a parte del problema de sexo forzado, aumenta el riesgo de problemas malformativos y genéticos entre el 25 al 50% en los nuevos embarazos.


Finalmente defiendo los derechos sexuales y reproductivos, en especial los derechos de las mujeres: Derecho al diagnóstico prenatal, derecho al acceso a anticonceptivos y Anticoncepción Oral de Emergencia (píldora del día después), acceso real a la educación sexual integral, a la sexualidad responsable, al aborto terapéutico por problemas genéticos y me apego a las recomendaciones de la OMS, de las Naciones Unidas, de Asociaciones de Derechos Humanos nacionales e internacionales y más organizaciones que abogan por la despenalización del aborto, al menos en casos de violación. Quizá esto se convierta en un hecho histórico.


2. CONCLUSIONES


Con los elementos antes referidos, considero necesario que se declare la inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del Código Integral Penal por ser discriminatorio y afectar los derechos humanos, los derechos sexuales y derechos reproductivos de todas las mujeres que pueden ser víctimas de violación, violación incestuosa con un embarazo no deseado como consecuencia.


3. NOTIFICACIONES


Notificaciones que me correspondan las recibiré al correo electrónico

cpazymino@yahoo.com

Firmo por mis propios derechos.


César Antonio Paz-y-Miño Cepeda

Doctor en Medicina y Doctor en Biología, Especialista en Genética

CI: 1704345097


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